Presentación de libro “Lecciones de la Prueba Pericial en el Sistema Acusatorio Adversarial.”

El día viernes 3 de Junio de 2016, FORENPSIC invitó a la presentación del libro “Lecciones de la Prueba Pericial en el Sistema Acusatorio Adversarial” escrito y presentado por el Dr. Juan Fernando González Porras. Se llevó a cabo en el Centro Educativo y Cultural del Estado de Querétaro Manuel Gómez Morín. El libro fue comentado puntualmente por la Lic. María Rebeca Mendoza Romero, Directora de Justicia Alternativa y Encargada de la Dirección de Atención Integral de la Procuraduría General de Justicia del Estado y por el Psic. Marcos Azael Morales Jaime, Perito Psicólogo de la Procuraduría General de Justicia del Estado y Director de Forenpsic.

 

Semblanza Dr. Juan Fernando González Porras:

drporrasEs Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, y en Criminología por el grupo educativo IMEI. Tiene especialidad en Criminalística por el CECIJUC y es candidato a Doctor en Derecho Penal por la misma Institución. Cuenta con diplomaturas en varias áreas, dentro de las cuales destacan: grafología, psicología forense, psicología criminal, técnicas de interrogatorio, perfilación delictiva, juicios orales, entre otros. Es Miembro Certificado en Materia de “PSICOLOGIA FORENSE” por parte de la Federación Mexicana de Psicología, Socio y fundador de la firma legal “González, Martínez Y Pérez. Ha peritado en distintas materias como criminalística, documentoscopía y grafología.

Es conferencista en el Poder Judicial así como en diversas instituciones públicas y privadas como en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM , en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Facultad de Medicina y licenciatura de Ciencias Forenses de la UNAM, en la Escuela Judicial del Estado de México, en el Instituto Politécnico Nacional, en el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) y la Benemérita Universidad Nacional Autónoma de Puebla.

Es Presidente Nacional de la Academia Criminológica y de Ciencias Forenses del Instituto Nacional de Estudio y Ciencias y Socio Honorario del Colegio Nacional de Abogados Unidos por la Litigacion Oral y del Colegio De Abogados Del Valle De Texcoco. Cuenta con varias publicaciones, dentro de las cuales destacan: 1) Manual de Investigación de laPersonalidad Delictiva en el Sistema Acusatorio Oral, 2) La Perfilación Criminal como Técnica Criminológica Aplicable al Sistema Acusatorio, 3) La Investigación Criminal y la Teoría del Caso en la Detección de Mentiras en los Juicios Orales, 4) La Pericial en Grafologia en El Sistema Acusatorio, todas éstas publicadas con la Casa Editorial Flores Editor y Distribuidor.

Sinopsis del libro:

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La reforma constitucional en materia de justicia penal y seguridad publica en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, es la propuesta de cambio más importante al sistema de justicia penal; si tiene éxito en su implementación, entonces se tratara de la más importante en los últimos cien años sino que será la reforma más significativa en los últimos siglos desde la colonia.

El decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Mexicana relacionados con la justicia penal y seguridad pública. La reforma constitucional tiene como premisas fundamentales el lograr la unificación de la legislación penal mexicana, de modo tal que los treinta y tres códigos penales que actualmente existen con normas disposiciones diversas, unifiquen su contenido de conformidad con lo establecido en nuestra Carta Magna.

El sistema acusatorio tiene dentro de sus objetivos separar las funciones de investigar, acusa y fallar entregándoselas a los órganos distintos, como son: la investigación y la acusación quedan bajo la responsabilidad del ministerio público; el control del cumplimiento de las garantías, durante la etapa de la investigación, es el juez de garantías y; el juzgamiento y la sentencia al tribunal del juicio oral, quien velara por su legalidad desde el auto de apertura hasta la lectura de la sentencia.

Dentro de las Principales acciones están: 1) hay transparencia, pues se realiza a la vista del público y de los medios de comunicación, 2) el juez preside las audiencias todo el tiempo y está en contacto permanente con el imputado, 3) todos los documentos se van incorporando al expediente y todos ellos se pueden consultar en los tribunales, 4) se presenta al acusado como inocente y corresponderá a la fiscalía demostrar de manera indubitable su culpabilidad dentro del proceso, 5) la preparación de funcionarios judiciales, fiscales y abogados defensores, debe ser intensa y sobre todo, hacemos especial mención a la oratoria jurídica, desde el inicio de la carrera en las facultades de derecho, 6) la situación legal se resuelve en breve termino, que puede ser de una o varias audiencias con el consiguiente ahorro procesal.

Litigar en el sistema acusatorio adversarial es un ejercicio profundamente estratégico, tanto para quien acusa como para quien defiende, implica el diseño de una teoría del caso, en donde cada parte busca explicar cómo ocurrieron los hechos y la participación del imputado en ellos, con la única finalidad de convencer al Juez de que su versión es la verdadera. Sin embargo, lo cierto es que esa verdad que se pretende hallar está en el pasado y que, lamentablemente, nunca llegaremos a saber lo que exactamente ocurrió, incluso en los casos en donde existen pruebas muy poderosas hay zonas de la verdad que nunca se llegaran a conocer, por ejemplo, lo que estaba en la mente de las personas cuando realizaron sus conductas, cuáles fueron sus motivaciones, etc.

La prueba pericial tiene un soporte fundamental en el desarrollo de la procuración de justicia y esta tiene que ser comprendida para que las partes prueben su dicho de una manera científica.

De esta manera, lo único verdadero que tenemos en un caso penal es un conjunto de versiones heterogéneas, fragmentadas, parciales y disímiles acerca de lo que “realmente ocurrió”. Por eso, cuando los jueces sentencian construyen una versión acerca de lo que “verdaderamente ocurrió” y la aceptamos como oficial. En ocasiones lo hacen adoptando completamente la versión de una de las partes, en otras lo hacen tomando fragmentos de las versiones de cada una de ellas. Espero mi rudimentaria pluma sea de su agrado nuevamente en el ámbito de nuestro sistema acusatorio adversarial.